Productos , etiquetado y envasado
¿Por qué los envases de fruta no tienen fecha de caducidad?
La fecha de caducidad se enmarca dentro de la Directiva 2000/13/CE y en nuestro Real Decreto de Etiquetado 1334/99 por el que se aprueba la Norma General de Etiquetado, Presentación y Publicidad de los Productos Alimenticios y en su artículo 11 se detallan ciertos alimentos que están excluidos de llevar fecha de duración mínima o de caducidad como: “Las frutas y las hortalizas frescas, incluidas las patatas que no hayan sido peladas, cortadas o sometidas a cualquier otro tratamiento similar. Esta excepción no se aplicará a las semillas germinantes y a productos similares como los brotes de leguminosas”