Productos , etiquetado y envasado
He visto que en el mercado hay muchos tipos de harinas de trigo y me gustaría saber en qué se basan para poner su fecha de caducidad. Además, si en el mercado existen harinas con distinta duración, ¿cuál sería mas de fiar? ¿Cuál es el periodo maximo de conservación de dicho producto? ¿Qué datos minimos deben llevar estos productos que se comercializan en los supermercados?
Según el Real Decreto 1286/1984, de 23 de mayo, donde se aprueba la Reglamentación Técnico Sanitaria para la elaboración, circulación y comercio de las harinas y sémolas de trigo y otros productos de su molienda para consumo humano, se indica que, en el etiquetado de los envases de los productos sujetos a dicha Reglamentación que vayan destinados al consumidor final o a restaurantes, hospitales y otros establecimientos y colectividades similares, deberá constar la fecha de duración mínima o fecha límite del período óptimo de consumo y no la fecha de caducidad.
En el caso de las harinas de trigo, no existe ninguna norma legal que, con carácter general, establezca la obligación de consignar una determinada fecha de duración mínima o periodo de consumo preferente. En la determinación del período óptimo de consumo influyen muchos factores: el proceso productivo que se ha seguido, los posibles tratamientos aplicados al producto para mejorar su conservación, la incorporación de determinados aditivos que contribuyan a prolongar su vida útil, el tipo de envase en que se presenta, etc.
En último término el establecimiento del periodo de consumo preferente para un determinado producto alimenticio es responsabilidad de la empresa fabricante del producto. Para ello, debería basarse en datos científicos y en el caso de que no existan datos concretos, deberá contar con resultados experimentales que avalen el establecimiento de un determinado periodo de conservación, durante el cual la empresa garantiza que el producto en cuestión se encuentra en óptimas condiciones de consumo.
En última instancia, para mayor garantía a la hora de determinar la fecha de consumo preferente, se puede encargar a un laboratorio o centro tecnológico la realización de una serie de Test de Conservación. Estos test incluyen análisis microbiológicos pero también de composición y de valoración de las características organolépticas.
Referente a cuál sería la harina más fiable y a su periodo máximo de conservación, indicarle que no existe ningún periodo máximo legal de conservación para este producto. Y por su puesto, es imposible responder a la pregunta sobre cuál es más de fiar, basándose únicamente en las diferentes fechas de caducidad / consumo preferente consignadas en el envase. Por otro lado, todas las harinas de trigo que se encuentran en el mercado se ajustan a los requisitos legales vigentes en España y en la UE.
En relación a los datos mínimos que deben llevar estos productos comentarle que el etiquetado de los envases de productos que vayan destinados al consumidor final o a restaurantes, hospitales y otros establecimientos y colectividades similares se rige por lo establecido al respecto en el art. 13.1 de la Reglamentación Técnico-Sanitaria de Harinas y Sémolas (Real Decreto 1286/1984, de 23 de mayo), según el cual, en los envases de este tipo de productos deberá constar obligatoriamente:
- Denominación del producto.
- Lista de ingredientes.
- Contenido neto.
- Fecha de duración mínima o fecha límite del período óptimo de consumo.
- Instrucciones para la conservación. Será obligatorio la leyenda “Consérvese en sitio seco y aislado del suelo”.
- Modo de empleo, en el caso de que fuese necesario.
- Identificación de la empresa.
- Identificación del Lote de fabricación.
Además, todas estas indicaciones deberán cumplir lo establecido en el Real Decreto 1334/1999, de 31 de julio, por el que se aprueba la Norma general de etiquetado, presentación y publicidad de los productos alimenticios.