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Productos , etiquetado y envasado

¿Existe alguna normativa que especifique la duración de un producto, una vez abierto?

No existe una normativa que especifique exactamente lo que usted pregunta. Sin embargo, entre las indicaciones obligatorias del etiquetado que se especifican en el artículo 5 de la ‘Norma general de etiquetado, presentación y publicidad de los productos alimenticios’ (RD 1334/1999, de 31 de julio de 1999, y posteriores: RD 238/2000; RD 1324/2002‘), además de incluir la fecha de caducidad, también incluye las condiciones especiales de conservación y de utilización, como se puede ver a continuación:
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Capítulo IV
Artículo 5. Información obligatoria del etiquetado

1. El etiquetado de los productos alimenticios requerirá solamente, salvo las excepciones previstas en este capítulo, las indicaciones obligatorias siguientes:
a) La denominación de venta del producto.
b) La lista de ingredientes.
c) La cantidad de determinados ingredientes o categoría de ingredientes.
d) El grado alcohólico en las bebidas con una graduación superior en volumen al 1,2 por 100.
e) La cantidad neta, para productos envasados.
f) La fecha de duración mínima o la fecha de caducidad.
g) Las condiciones especiales de conservación y de utilización.
h) El modo de empleo, cuando su indicación sea necesaria para hacer un uso adecuado del producto alimenticio.
i) Identificación de la empresa: el nombre, la razón social o la denominación del fabricante o el envasador o de un vendedor establecido dentro de la Unión Europea y, en todo caso, su domicilio.
j) El lote.
k) El lugar de origen o procedencia.
l) Las previstas en el anexo IV para persas categorías o tipos de productos alimenticios.
 

De hecho, la mayoría de los productos envasados muestran en el etiquetado, además de la fecha de duración mínima o fecha de caducidad, las condiciones especiales de conservación tanto para el producto sin abrir, como para el producto una vez abierto el envase. Esta información suele incluir el periodo de tiempo en el que se debe consumir el producto, una vez abierto el envase, el cual estará en función de la naturaleza del producto, el tratamiento previo al envasado (esterilización, pasteurización, vacío, etc.) y las condiciones de almacenamiento. En el caso de que no se especifique, se aconseja consumir el producto con la mayor brevedad posible.[/quote]