Productos , etiquetado y envasado
¿En qué casos es obligatorio indicar el nº de registro santario de la industria en el etiquetado de los productos vegetales?
El registro de empresas alimentarias es una obligación impuesta por el derecho español. Esto se regula mediante el Real Decreto 1712/1991, sobre Registro General Sanitario de Alimentos, que es el órgano administrativo en el que, con finalidad de proteger la salud pública, han de inscribirse las industrias y establecimientos de productos alimenticios y alimentarios destinados al consumo humano situados en territorio nacional. Sin embargo, la Norma General de Etiquetado (Real Decreto 1334/99) no indica como obligatorio especificar el número de Registro Sanitario en el etiquetado en ningún tipo de alimento, por ello en ningún caso es obligatorio hacerlo en los productos vegetales.