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Alimentos ecológicos

INTRODUCCIÓN
Los alimentos ecológicos, biológicos u orgánicos provienen de animales cuya crianza no ha sido potenciada con productos químicos, hormonas o medicamentos, y de cultivos que no han sido tratados con pesticidas sintéticos ni sometidos a procesos artificiales y que hacen un uso mínimo de fertilizantes y pesticidas. La producción agraria ecológica, biológica, u orgánica constituye un conjunto de técnicas que excluyen el uso de productos químicos de síntesis como fertilizantes, plaguicidas, o antibióticos, para preservar el medio ambiente, mantener o aumentar  la fertilidad de los suelos y proporcionar alimentos con todas sus propiedades naturales (Mariné, A. 2006). La agricultura ecológica tiene sus raíces en las prácticas de agricultura tradicional que evolucionaron en numerosas aldeas y comunidades granjeras a lo largo del milenio. Mediante ensayos de prueba y error, los granjeros transmitieron sus mejores resultados de generación en generación. La cara moderna de la agricultura ecológica surgió a finales de los 60, cuando granjeros y consumidores empezaron a  darse cuenta de que la gran cantidad de productos químicos utilizados tanto en los cultivos como en la producción animal podrían tener consecuencias negativas para la tierra y los hombres (FAO, 2003) Es en los años 60 y, sobre todo, en los años setenta, cuando se inicia una toma de conciencia muy importante por proteger el medio ambiente, donde encaja muy bien la agricultura ecológica. Pero realmente, es a partir de los años ochenta cuando la agricultura ecológica empieza a despertar el interés por esta nueva forma de producción en la mayor parte de los países europeos y en otros como los Estados Unidos, Canadá, Australia y Japón, Desde hace 10 años, la agricultura ecológica viene creciendo rápidamente. Las áreas de cultivo orgánico certificadas en 2007 cubrían 32 millones de hectáreas —un tercio de las cuales corresponden a tierras cultivables y cultivos permanentes y dos tercios, a pastizales y pastos permanentes— y 33 millones de hectáreas de terrenos certificados de cultivos orgánicos silvestres (FAO, 2009).
Requisitos de la producción ecológica Agricultura ecológica
Los productores de la agricultura ecológica deben cumplir una serie de condiciones: – Respetar la normativa de control de los tratamientos fitosanitarios y zoosanitarios. – No emplear fertilizantes inorgánicos de síntesis. – No cultivar las mismas variedades en parcelas en las que no se emplean métodos de agricultura ecológica. – No emplear productos químicos en el control de plagas y enfermedades, sino que dicho control se realizará mediante el cultivo de variedades y especies adecuadas, la aplicación de un adecuado sistema de rotación de cultivos, empleo de predadores naturales y de productos autorizados en agricultura ecológica. – Participar en acciones de formación. – Someterse al control del organismo certificador. El uso de predadores naturales es una forma de la llamada lucha biológica contra las plagas. Se trata de un sistema de control de organismos perjudiciales (plagas) que se basa en la potenciación de los enemigos naturales de la especie o en la interferencia en su ciclo biológico. Se recurre, por ejemplo, a insectos entomófagos (depredadores de otros insectos), virus, hongos o bacterias y a la atracción mediante feromonas sexuales hacia una «trampa». Con este recurso se evita o reduce el uso de plaguicidas químicos. La combinación de la lucha química y biológica se designa como lucha integrada. En definitiva, este tipo de producción de alimentos emplea, siempre que sea posible, métodos de cultivo biológicos y tecnologías mecánicas (o físicas) en contraposición al uso de materiales sintéticos para cumplir cada función específica dentro del sistema.
Ganadería ecológica
La producción ecológica no sólo afecta a productos vegetales, sino que también hay productos ecológicos de origen animal, en los que se limita especialmente el recurso de tratamientos farmacológicos para garantizar productos sin residuos de antibióticos y otros fármacos. La ganadería ecológica tiene en cuenta la habitabilidad de las granjas para evitar el estrés de los animales y potenciar su crecimiento en «semilibertad» o en libre pastoreo, permitiendo que los animales se desarrollen en función de sus ritmos naturales. Los animales no se someten a manipulaciones artificiales ni se adoptan técnicas de producción intensiva, no se practica la inseminación artificial ni se emplean hormonas (las cuales tampoco se permiten en la Unión Europea en la ganadería convencional). La alimentación de los animales se basa en pastos naturales, leche preferiblemente de la propia madre y, obviamente, piensos y forrajes también ecológicos, sin ingredientes transgénicos. Los métodos terapéuticos son, preferentemente, con productos y medicinas alternativos, sin la utilización de antibióticos ni hormonas. Es interesante destacar que la ganadería ecológica potencia variedades autóctonas, mejor adaptadas a las condiciones de la zona de producción. La ganadería ecológica utiliza recursos naturales renovables (estiércol, cultivos de leguminosas, cultivos forrajeros), en el marco de una serie de relaciones complementarias suelo-plantas, plantas-animales y animales-suelo. Las materias primas para la alimentación de animales criados de acuerdo a los principios ecológicos deben ser preferentemente de origen vegetal: cereales, leguminosas, semillas y frutos oleaginosos, tubérculos, melaza, harina de algas, polvos y extractos de plantas y hierbas. También se pueden utilizar para su alimentación ingredientes de otro origen: minerales, vitaminas preferentemente derivadas de materias primas normalmente presentes en la alimentación animal, enzimas, microorganismos autorizados, conservantes y otros aditivos no sintéticos. El ganado vacuno es el mayoritario en la ganadería ecológica, seguido del ovino, caprino, la avicultura y el porcino. La producción animal ecológica también incluye leche, huevos y miel. En la producción y el manejo de estos productos ecológicos se siguen condiciones rigurosas de higiene que, a grandes rasgos, son las mismas que para la crianza y producción clásicas, con alguna especificidad derivada de la naturaleza del producto (Mariné, A. 2006).
Regulación
En 1991 el Consejo aprobó el Reglamento 2092/91 sobre la producción agrícola ecológica y su indicación en los productos agrarios y alimenticios, que describe de forma detallada cómo tienen que producirse, procesarse y envasarse los alimentos para que se ajusten a la descripción de “ecológicos”. El reglamento especifica además los criterios para la inspección y posterior certificación de los productores, importadores y procesadores de alimentos. A finales de 2005, la Comisión Europea adoptaba una proposición para un nuevo reglamento sobre producción ecológica para mejorar la información que recibe el consumidor. Según estas condiciones, al menos el 95% del producto final tiene que ser ecológico para poder llevar la etiqueta que lo defina como tal. Los productos que contengan organismos modificados genéticamente (OMG) no podrán llevar esta etiqueta, excepto si contienen menos de 0,9% de OMG por contaminación accidental (www.consumaseguridad.com). El nuevo reglamento, Reglamento 834/2007 del Consejo de 28 de junio de 2007 sobre la producción y etiquetado de los productos ecológicos deroga el Reglamento 2092/91 anteriormente descrito. Con este reglamento se pretende establecer un marco comunitario general de normas sobre producción ecológica vegetal, ganadera y de acuicultura. En España, el marco legal que regula la producción ecológica actualmente es el Real Decreto 1852/1993, aunque existen dos modificaciones posteriores del mismo. La última, del año 2005, protege el uso de la denominación bio. A partir de esta nueva medida sólo podrán etiquetarse como productos bio los procedentes de la agricultura y ganadería ecológicas.
Identificación de alimentos ecológicos
Existe un logotipo en la Unión Europea de productos ecológicos (Reglamento (CE) nº 331/2000) para la identificación de aquellos que cumplen la normativa europea y cuyo uso en el etiquetado es facultativo y que indica al consumidor que el producto ha estado sometido al régimen de control que establece la normativa europea desde su cultivo hasta el envasado y etiquetado final, o a normas equivalentes si procede de un país tercero. Este logotipo deberá ir acompañado de la expresión “Agricultura Ecológica – Sistema de Control CE”, que indica la conformidad con el régimen de control establecido por el Reglamento (CEE) nº 2092/91 (Ventajas de Calidad Diferenciada en la Industria Alimentaria, 2008).
 
BIBLIOGRAFÍA – Alimentos ecológicos. www.consumaseguridad.com (2006). – Asociaciones entre el sector público y el sector privado para fomentar el comercio en relación con la agricultura orgánica: informe del grupo de trabajo interdepartamental sobre agricultura orgánica. FAO (2009). – Informe del grupo de trabajo interdepartamental sobre agricultura orgánica. FAO (2003). – Mariné, A ; “Alimentos ecológicos”.  Master a distancia en nutrición y alimentación. Universidad de Barcelona (2006). – Ventajas de Calidad Diferenciada en la Industria Alimentaria. Fundación de la Industria de Alimentación y Bebidas (2008).